...

Guía · Oficios y reformas

Cómo elegir electricista: certificados, boletín y presupuesto

Quién puede trabajar en tu instalación eléctrica, cómo comprobar que la empresa está habilitada, qué es el boletín y cuándo se tramita, y qué pedir en el presupuesto y la factura.

Por Equipo Opinalis · Actualizado el 20-10-2026

Quién puede trabajar en tu instalación eléctrica

Las instalaciones eléctricas de baja tensión, como las de una vivienda o un local, solo pueden realizarlas empresas instaladoras en baja tensión (artículos 18 y 22 del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002). La norma las define como las personas físicas o jurídicas que realizan, mantienen o reparan estas instalaciones habiendo presentado una declaración responsable de inicio de actividad. Puede tratarse, por tanto, de un profesional autónomo o de una sociedad.

La empresa debe contar con los medios técnicos y humanos necesarios para trabajar con seguridad y, como mínimo, con una persona instaladora en baja tensión de la categoría en la que está habilitada.

La regla te afecta también a ti como titular. El reglamento te obliga a mantener la instalación en buen estado y a no intervenir en ella para modificarla: si hacen falta cambios, debe hacerlos una empresa instaladora (artículo 20). Por eso, más que buscar a «un electricista», conviene buscar una empresa instaladora y comprobar sus datos antes de contratarla.

Cómo comprobar que la empresa está habilitada

Para empezar a trabajar, la empresa presenta una declaración responsable ante la comunidad autónoma donde se establece, en la que indica su categoría y declara que cumple los requisitos. Según la Ley 21/1992, de Industria, y el propio reglamento, esa declaración la habilita desde el día en que la presenta, por tiempo indefinido y para trabajar en toda España, sin que se le puedan exigir requisitos adicionales.

La comunidad autónoma asigna de oficio a cada empresa un número de identificación y envía sus datos al Registro Integrado Industrial, un registro estatal de carácter informativo que tiene una sección de empresas instaladoras. Sus datos básicos, como el número de identificación, el nombre, la dirección y la actividad, son públicos y se consultan por medios electrónicos (Real Decreto 559/2010). Ten en cuenta que la inscripción efectiva en ese registro no es necesaria para empezar a ejercer, así que una empresa recién habilitada puede no aparecer todavía.

La Comunidad de Madrid, por ejemplo, ofrece un buscador de empresas autorizadas y explica en su información sobre reformas del hogar que una empresa que no figure en su registro no puede ejercer en su territorio; consulta si tu comunidad autónoma dispone de una herramienta similar. En cualquier caso, antes de contratar, pide por escrito:

  • El nombre o la razón social, el NIF y la dirección de la empresa.
  • Su número de identificación como empresa instaladora.
  • Los datos de su seguro de responsabilidad civil: aseguradora y cobertura.

El seguro de responsabilidad civil

Toda empresa instaladora en baja tensión debe haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional, u otra garantía equivalente, que cubra los daños que pueda provocar al prestar el servicio. La cuantía mínima es de 600.000 euros por siniestro en la categoría básica y de 900.000 euros en la especialista (instrucción técnica ITC-BT-03, en la redacción del Real Decreto 560/2010).

Además, la Ley 17/2009, de libre acceso a las actividades de servicios, obliga a los prestadores a informar al cliente, antes de contratar, del seguro o la garantía exigidos, con los datos del asegurador y la cobertura geográfica. No es un favor que tengas que pedir: es información que la empresa debe darte.

Electricista trabajando en un cuadro eléctrico con un destornillador

El certificado de instalación o «boletín»

Antes de ejecutar una instalación debe existir una documentación técnica. Las instalaciones nuevas de cierta entidad necesitan un proyecto firmado por un técnico titulado competente; el resto de instalaciones nuevas, ampliaciones y modificaciones, una memoria técnica de diseño. Al terminar, la empresa instaladora verifica la instalación y emite el certificado de instalación, en el que declara que se ha hecho conforme al reglamento y a ese proyecto o memoria. La normativa del sector eléctrico se refiere a él como «boletín del instalador», el nombre con el que se le conoce habitualmente.

El certificado no se queda en un cajón. Antes de la puesta en servicio, la empresa lo presenta ante el órgano competente de la comunidad autónoma para inscribir la instalación, y la compañía eléctrica no puede conectar ni suministrar energía sin la copia diligenciada por la comunidad. Si la presentación es electrónica, la Administración devuelve el certificado diligenciado a la empresa, que debe entregar una copia al titular de la instalación (apartado 5.5 de la ITC-BT-04, en la redacción del Real Decreto 542/2020).

Con el certificado, la empresa te entrega también un anexo de información al usuario con instrucciones para el uso y el mantenimiento correctos de la instalación. Debe incluir, como mínimo, un esquema unifilar con las características de los equipos y materiales instalados y un croquis del trazado, y cualquier modificación o ampliación posterior obliga a completarlo (artículo 19 del reglamento). Guárdalo junto a la copia del certificado.

Una advertencia práctica: la empresa habilitada no puede facilitar, ceder ni vender certificados de instalaciones que no haya realizado ella misma. Desconfía de quien te ofrezca un boletín sin haber hecho el trabajo.

Documento Cuándo se necesita Qué conviene saber
Proyecto Instalaciones nuevas como viviendas unifamiliares de más de 50 kW, edificios de viviendas de más de 100 kW por caja general de protección, locales de pública concurrencia o aparcamientos con ventilación forzada Lo firma un técnico titulado competente
Memoria técnica de diseño El resto de instalaciones nuevas, ampliaciones y modificaciones Se presenta con el certificado ante la comunidad autónoma
Certificado de instalación («boletín») Al terminar la instalación, tras verificarla Sin la copia diligenciada, la compañía eléctrica no puede conectar la instalación
Anexo de información al usuario Se entrega junto con el certificado Instrucciones de uso y mantenimiento, esquema unifilar y croquis del trazado
Inspección inicial Solo en algunas instalaciones, como locales de pública concurrencia o piscinas de más de 10 kW La realiza un organismo de control antes de la puesta en servicio

Qué instalaciones pasan inspección

Algunas instalaciones, por su especial relevancia, deben pasar una inspección inicial por un organismo de control antes de ponerse en servicio. Según la instrucción técnica ITC-BT-05, en la redacción del Real Decreto 1053/2014, son estas:

  • Instalaciones industriales que precisan proyecto, con más de 100 kW.
  • Locales de pública concurrencia.
  • Locales con riesgo de incendio o explosión de clase I, salvo aparcamientos de menos de 25 plazas.
  • Locales mojados de más de 25 kW y piscinas de más de 10 kW.
  • Quirófanos y salas de intervención.
  • Alumbrado exterior de más de 5 kW.
  • Estaciones de recarga de vehículo eléctrico que requieren proyecto.

Las viviendas no figuran en la lista: en ellas, la comprobación previa la hace la propia empresa instaladora antes de emitir el certificado. Los organismos de control son entidades habilitadas cuyos certificados valen en toda España, y la Administración puede además inspeccionar por sí misma cuando lo considere necesario (artículos 14 y 15 de la Ley de Industria).

Presupuesto y factura

Antes de contratar, el profesional debe informarte de su identidad y sus datos de contacto, su NIF y sus datos registrales, las características del servicio y el precio total con impuestos o, si el precio depende de un presupuesto, de cómo se calcula (artículo 60 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y artículo 22 de la Ley 17/2009). Si lo pides y el precio no está fijado de antemano, debe darte un presupuesto suficientemente detallado.

La OCU aconseja exigir siempre presupuesto y, cuando se trata de una avería urgente y el técnico no puede darte todavía un precio cerrado, preguntar al menos por el precio del desplazamiento y de la mano de obra. Como referencia de lo que debe contener, en la Comunidad de Madrid el presupuesto escrito de las reparaciones y reformas del hogar debe incluir:

  • La identificación de la empresa y su número de registro.
  • Los materiales, con su cantidad, calidad y precio.
  • La mano de obra y el total con impuestos.
  • Las fechas aproximadas de inicio y fin, la validez del presupuesto y la garantía.

Si comparas varias ofertas, pide a todas las empresas el presupuesto sobre el mismo trabajo para que sean comparables; tienes más claves en nuestra guía para comparar presupuestos de reforma.

Al terminar, pide la factura. La empresa está obligada a expedirla, con número, fecha, sus datos y su NIF, la descripción de los trabajos y el IVA desglosado, y tienes derecho a recibirla en papel sin coste. La norma madrileña pide, además, que la factura separe materiales, mano de obra e IVA e indique la garantía.

Pinza amperimétrica y cables sobre el suelo

Garantía, desistimiento y reclamaciones

Los materiales y equipos que suministra la empresa, como mecanismos, luminarias o un cuadro eléctrico, tienen la garantía legal de tres años desde la entrega; en bienes de segunda mano puede pactarse un plazo menor, nunca inferior a un año. Los defectos causados por una instalación incorrecta cuentan como falta de conformidad cuando la instalación la hizo la empresa o estaba incluida en el contrato.

Si contratas fuera del establecimiento de la empresa, por ejemplo en tu casa, dispones de 14 días naturales para desistir, y si no te informaron de ese derecho, el plazo se amplía doce meses. Hay una excepción que conviene conocer: no hay desistimiento cuando pediste expresamente la visita para una reparación o un mantenimiento urgente. Sí se aplica, en cambio, a los servicios adicionales que el profesional preste en esa visita sin que los hayas pedido y a los bienes distintos de las piezas de recambio necesarias para la reparación (artículo 103 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y Directiva 2011/83/UE).

Si surge un problema, reclama primero por escrito a la empresa: desde el 28 de diciembre de 2025 debe responderte en el plazo más breve posible y, como máximo, en quince días. Si está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, lo indica con un distintivo oficial y puedes pedir un arbitraje voluntario y gratuito, que termina con un laudo vinculante y ejecutivo. Te explicamos el proceso completo en cómo reclamar a un negocio.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el boletín eléctrico?

Es el nombre habitual del certificado de instalación: el documento que emite la empresa instaladora al terminar una instalación, tras verificarla, y en el que declara que cumple el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Se registra ante la comunidad autónoma y la compañía eléctrica no puede conectar la instalación sin la copia diligenciada.

¿Cómo sé si un electricista está habilitado?

Pídele los datos de su empresa instaladora y el número de identificación que le asignó la comunidad autónoma. Esos datos se incorporan al Registro Integrado Industrial, cuyos datos básicos son públicos y se consultan por medios electrónicos. La Comunidad de Madrid, por ejemplo, tiene además su propio buscador de empresas autorizadas.

¿Puedo hacer yo mismo cambios en la instalación eléctrica de casa?

No. El reglamento obliga al titular a mantener la instalación en buen estado y a no intervenir en ella para modificarla: cualquier modificación debe hacerla una empresa instaladora.

¿La instalación de mi vivienda tiene que pasar una inspección?

Las viviendas no están en la lista de instalaciones que requieren inspección inicial por un organismo de control; en ellas la verificación la hace la empresa instaladora antes de emitir el certificado. Sí la necesitan, entre otras, los locales de pública concurrencia, las piscinas de más de 10 kW o las estaciones de recarga que requieren proyecto.

¿Qué documentos debe entregarme el electricista al terminar?

La factura, a la que tienes derecho en papel sin coste, y, si ha hecho una instalación nueva, una ampliación o una modificación que deba documentarse ante la comunidad autónoma, la copia del certificado de instalación diligenciado con su anexo de información al usuario: instrucciones de uso y mantenimiento, esquema unifilar y croquis del trazado.

Si llamo a un electricista por una avería urgente, ¿puedo desistir después?

No, si pediste expresamente la visita para una reparación urgente. El derecho de desistimiento sí se aplica a los servicios adicionales que no pediste y a los bienes distintos de las piezas de recambio necesarias para la reparación.

¿Prefieres recibir propuestas de varias empresas instaladoras?

Describe el trabajo eléctrico una sola vez y recibe hasta cinco presupuestos de empresas de tu zona, gratis y sin compromiso de contratación. Si el trabajo es en Sevilla, puedes pedirlos desde nuestra página de electricistas en Sevilla; si forma parte de una obra mayor, consulta también cómo elegir empresa de reformas. Y si quieres ver cómo analizamos a un profesional del sector, lee nuestra opinión sobre Marcelo Mayor, electricista en Santa Cruz de Tenerife.

Contenido relacionado

Sigue leyendo

Guía

Qué derechos tienes en una clínica privada: centro autorizado, información y consentimiento, historia clínica, presupuesto y factura, y cómo reclamar si algo falla.

Guía

Qué revisar antes de comprar gafas o lentillas: óptica autorizada, óptico-optometrista colegiado, revisión visual, venta online, precio, garantía, devoluciones y reclamaciones.

Guía

Qué revisar antes de matricularse: niveles del Marco Común Europeo, certificados oficiales, información previa, contrato, baja, cláusulas abusivas y cursos financiados.